11 junio, 2018 / by admin

Publicada la Orden por la que se aprueba el modelo 179

Publicada la Orden por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos

 

[ Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo ]

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Publicada (30/05/2018) la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, «Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

El Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, introduce un nuevo artículo 54.ter en el RGAT, regulando la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

⇒ Esta nueva obligación de información se establece con fines de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades, en particular, las denominadas “plataformas colaborativas”, que intermedien en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

La declaración informativa trimestral (a presentar durante el mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural) contendrá los siguientes datos:

  1. Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.
  2. Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.
  3. Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos, así como la fecha de inicio de la cesión de la misma.
  4. Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda.
  5. Número de contrato en virtud del cual el en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de uso de la vivienda.
  6. Fecha de intermediación en la operación.
  7. Identificación del medio de pago utilizado (transferencia, tarjeta de crédito o débito u otro medio de pago).

⇒ La información contenida en las letras e), f) y g) anteriores tienen carácter opcional, al objeto de transparentar la operación relativa a la cesión del inmueble, lo que evita potenciales requerimientos de información por parte de la Administración tributaria dirigidos al conocimiento de dichos elementos relativos a la cesión de estos inmuebles.

 

IMPORTANTE: Para el ejercicio 2018, la presentación de la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos tendrá excepcionalmente carácter anual, y su plazo de presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2019.